Sanidad especifica que se trata de medicamentos que habitualmente no están disponibles en el Servicio de Farmacia del Hospital por su poca frecuencia de uso y que en situaciones puntuales los precisa un paciente ingresado para continuar con el tratamiento pautado por su médico antes de ser hospitalizado. Son fármacos, igualmente, autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
El contrato se rige por procedimiento abierto, mediante “criterio precio” de adjudicación para fomentar la competencia y contención del gasto, y va dirigido al suministro de medicamentos especiales para los hospitales públicos y entidades del Servicio Madrileño de Salud, salvo el Centro de Transfusión y la Unidad Central de Radiodiagnóstico.
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